SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1737/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1737/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.2.

II.2.  El 16 de julio de 2010, ante la objeción formulada el 30 de junio, por el ahora accionante (fs. 39 a 42), debido a que el Fiscal de Materia, rechazó y desestimó la proposición y solicitud de diligencias y actuados investigativos, el entonces Fiscal de Distrito, aceptó en parte la objeción planteada contra el rechazo de diligencias, disponiendo que el Fiscal del caso actúe en conformidad y consonancia con lo determinado (fs. 9 a 11), por lo que el 30 de julio del año citado, el referido Fiscal, requirió que se proceda a recibir las atestaciones de las personas que participaron en la asamblea de 18 de abril de 2010 (fs. 12).