Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1749/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.3.
II.3. De fs. 26 a 32 y de 40 a 41 vta. consta oficio de 21 de abril de 2007, suscrito por la Jueza denunciada, por el que hace conocer inconductas arbitrarias e irrespetuosas de la accionante, solicitando se designe nuevo personal, al que acompaña un informe y un oficio que manifiestan quejas de otras personas en contra de la accionante y actas de audiencias de diferentes procesos penales, presentado el 23 de abril ante la Oficina Distrital Jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. De los plazos procesales administrativos previstos en el Acuerdo 329/2006 que aprueba el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial
- CONFIRMAR