Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1749/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.4.
II.4. El 23 y 25 de abril de 2007, la accionante presentó denuncia sobre “malos tratos, violencia psicológica realizados y actos que dañan a la persona” en contra de la Jueza denunciada, tanto ante la Sub Dirección de Régimen Disciplinario de La Paz cuanto a la Dirección Distrital del Consejo de la Judicatura de La Paz (fs. 33 a 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. De los plazos procesales administrativos previstos en el Acuerdo 329/2006 que aprueba el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial
- CONFIRMAR