SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1768/2012
Fecha: 01-Oct-2012
a)
La accionante a través de su abogado, en audiencia señaló: a) El “25 de junio”, se constituyó junto a su familia en el domicilio de Germán Claros Fuentes y su esposa, Emilia Maldonado Camacho en calidad de inquilinos; quien solicitó a la accionante y su familia desalojen su vivienda con el pretexto de que debían más de tres meses de alquiler, situación que no era evidente; b) El 3 de noviembre de 2010, fueron los funcionarios policiales, quienes verificaron la existencia de un corte de luz, y emitieron un informe, el cual es presentado en audiencia; c) El “20 de noviembre” los dueños de casa les cortaron el agua, por lo que tuvieron que usar el grifo del patio; d) Por el hecho de no poder ingresar a su domicilio están ocupando dos habitaciones particulares, por lo cual cancelan diariamente el monto de Bs100.- (cien bolivianos); y, e) Solicitó se restituyan sus derechos fundamentales restableciendo el flujo de energía eléctrica, de agua potable y el ingreso a su vivienda.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la acción de amparo constitucional y la excepción al carácter subsidiario
- Fragmento 12
- III.3. Los servicios básicos son derechos fundamentales
- Fragmento 14
- III.5. De los principios, valores y fines del Estado
- III.6.
- III.7.
- 1º