Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1768/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.5.
II.5. Por los avisos de cobranza emitidos por la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica Cochabamba (ELFEC), con respecto al medidor de energía eléctrica 09150180, se tiene que durante el periodo entre el 11 de noviembre al 13 de diciembre de 2010, no hubo consumo de energía eléctrica, con relación al medidor 09143371, correspondiente al periodo del 10 de septiembre al 12 de octubre del año anteriormente indicado, sí hubo consumo (fs. 36 y 37).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la acción de amparo constitucional y la excepción al carácter subsidiario
- Fragmento 12
- III.3. Los servicios básicos son derechos fundamentales
- Fragmento 14
- III.5. De los principios, valores y fines del Estado
- III.6.
- III.7.
- 1º