SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1777/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1777/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, denuncia como vulnerados sus derechos a la no discriminación, al trabajo, a la estabilidad laboral y a una vejez digna, puesto que por memorándum MEMO-JDP-247/2010, se determinó su transferencia de chofer de ambulancia a mucamo, en razón de tener sesenta y un años, ya que el perfil para el cargo de chofer de ambulancia estableció sesenta años como edad máxima, señalando que está próximo a jubilarse y el cambio le perjudicará, por lo que se presentó a la Dirección Departamental de Trabajo a objeto de denunciar ese abuso y vulneración a sus derechos, instancia que exhortó a la CPS de Cochabamba, para que se lo restituya al cargo de chofer de ambulancia, pero no cumplieron, por lo que María Lourdes Bustamante de Andia, Jefa Departamental de Cochabamba, los conminó a dejar sin efecto el memorándum MEMOJDP-247-2010 de transferencia de ítem y restituirle a su anterior cargo, por lo que los demandados no cumplieron con disposiciones legales emanadas de autoridad competente. En consecuencia corresponde determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.