SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1802/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1802/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.2.

II.2.  Mediante memorial presentado el 18 de julio de 2009 (fs. 15 vta.), presentado ante el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, ahora demandado, Juana Paredes Valdivieso solicitó la conversión de acción conforme al art. 26 inc. 3 del CPP, autoridad que mediante Auto de 14 de agosto del 2009, resolvió rechazar su solicitud, por que el rechazo de denuncia emitido por el Fiscal, se debió a que la denunciante no habría interpuesto los recursos pertinentes en el plazo previsto por ley, además de no haber encontrado materia justiciable para dar curso a lo solicitado, más aún cuando el proceso motivo de denuncia se halla en ejecución de sentencia de fondo y por ende con cosa juzgada (fs. 33 a 34).