SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1807/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.5.
II.5. Memorial de 1 de febrero de 2011, presentado por YPFB Refinación S.A., representada legalmente por Percy Kinn Monasterios, donde señaló que por motivos de urgencia exhorta levantamiento de retención de fondos bancarios en razón de que no solamente se procedió a la retención de Bs200 481,85.- (doscientos mil cuatrocientos ochenta y un 85/100 bolivianos), sino de Bs1 002 409, 25/100.- (un millón dos mil cuatrocientos nueve 25/100 bolivianos),cifra que tiende a aumentar con el transcurso del tiempo dado que otros bancos están procediendo de la misma forma, ocasionando un serio perjuicio a la sociedad, poniendo en peligro el pago de salarios, la compra de líquidos para refinación afectando el abastecimiento de la gasolina en el país (fs. 145).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el proceso ejecutivo social
- III.3. Sobre la inembargabilidad de los bienes del Estado prevista en la Constitución Política del Estado
- III.4. La situación jurídica de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - Refinación S.A.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR