SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1807/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III.3. Sobre la inembargabilidad de los bienes del Estado prevista en la Constitución Política del Estado
Nuestra Norma Fundamental, con el fin de proteger los bienes del pueblo boliviano y evitar el desmedro del patrimonio público, ha establecido en su art. 339.II que: “Los bienes del patrimonio del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición. Registro obligatorio y normas de reinvindicación serán regulados por la Ley”.
De acuerdo al art. 349.I de la CPE, “los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo”, por lo que ingresan dentro de la categoría de bienes de interés público; y, a su vez respecto de estos, el Estado boliviano: “…asumirá el control y la dirección sobre la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los recursos naturales estratégicos a través de entidades públicas, cooperativas o comunitarias, las que podrán a su vez contratar a empresas privadas y constituir empresas mixtas” (art. 351.I de la CPE), porque: ”La industrialización y comercialización de los recursos naturales será prioridad del Estado” (art. 355.I de la CPE); en ese trascendental sentido, se consideran tanto los recursos naturales como las operaciones relacionadas a estos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el proceso ejecutivo social
- III.3. Sobre la inembargabilidad de los bienes del Estado prevista en la Constitución Política del Estado
- III.4. La situación jurídica de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - Refinación S.A.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR