Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1832/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.3
II.3 Así como el vehículo jeep Wrangler vagoneta azul secuestrado el 18 de febrero de 2011 a horas 19:14 (fs. 203), y a horas 19:19 se secuestró la vagoneta Toyota Runner s/p del año 2011 (fs. 206), a horas 19:24 la vagoneta plateada Nissan Xterra (fs. 209) y a horas 19:29 la vagoneta negra Range Rover con placa de control 2496-RNP (fs. 212), y a horas 19:34 el automóvil Mercedes Benz color plomo 1110-YNH (fs. 215), acta de secuestro de vehículo vagoneta Toyota Runner plateada, sin placa, del año 2011(fs. 218), y finalmente a fs. 221 se tiene el acta de secuestro del vehículo tipo vagoneta Hummer H3 con placa de control 2256-FGE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- -
- denegó
- I.2.4. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR