Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1867/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad, a la legalidad y al principio de seguridad jurídica, aduciendo que la autoridad judicial demandada, dictó el Auto Interlocutorio de 15 de febrero de 2012, sin dar cumplimiento al art. 124 del CPP, vulnerando las reglas de interpretación ordinaria de la norma procesal penal, y sin respetar el derecho de la víctima para participar activamente en el proceso con la presentación de la acusación particular, sin necesidad de querella. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos denunciados son evidentes y sí constituyen actos que lesionan los derechos invocados por la accionante.
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- a)
- I.2.3.
- Fragmento 4
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2.Sobre el debido proceso
- III.3
- III.4. Sobre el derecho de la víctima en el proceso penal
- , podrán formular querella por medio de sus representantes legales
- III.5. Sobre la tutela judicial efectiva
- Fragmento 17
- III.6. Sobre el principio de prevalencia del derecho sustancial frente al derecho formal
- El principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, se desprende del valor supremo justicia
- III.7. Análisis del caso concreto
- REVOCAR