SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1867/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1867/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad, a la legalidad y al principio de seguridad jurídica, aduciendo que la autoridad judicial demandada, dictó el Auto Interlocutorio de 15 de febrero de 2012, sin dar cumplimiento al art. 124 del CPP, vulnerando las reglas de interpretación ordinaria de la norma procesal penal, y sin respetar el derecho de la víctima para participar activamente en el proceso con la presentación de la acusación particular, sin necesidad de querella. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos denunciados son evidentes y sí constituyen actos que lesionan los derechos invocados por la accionante.