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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1872/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1872/2012

    Fecha: 12-Oct-2012

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    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • Fragmento 13
    • el objeto
    • III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
    • III.2. El debido proceso en cuanto a la fundamentación de las resoluciones
    • el sobreseimiento
    • decretará de manera fundamentada el sobreseimiento cuando resulte evidente que el hecho no existió, que no constituye delito o que el imputado no participó en él y cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación
    • es potestad del fiscal a cargo de la investigación, a la conclusión de ésta, disponer de manera fundamentada el sobreseimiento del o los imputados
    • Si no proceden de esa forma y dictan una resolución sin respetar la estructura señalada, resulta obvio que su decisión será arbitraria y considerada subjetiva e injusta, pues el sujeto procesal a quien no le sea favorable no podrá entender y menos saber la razón jurídica de la decisión; y de incurrirse en esta omisión al disponer sobreseimiento a favor de la parte imputada, la víctima podrá impugnar el requerimiento ante el superior jerárquico
    • III.4. En cuanto a los presupuestos para la revisión excepcional de la valoración probatoria
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 23
    • y si éste igualmente incurre en la misma omisión, recién quedará abierta la jurisdicción constitucional
    • APROBAR

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