SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1884/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1884/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.4.

II.4.  A través de providencia de 31 de agosto de 2012, el Juez de Instrucción Mixto de Entre Ríos, indicó que los imputados presentaron apelación incidental de la Resolución de 28 de agosto de 2012, que determinó no haber lugar a la cesación de la detención preventiva y que su autoridad había corrido en traslado la apelación; por lo que de acuerdo al art. 168 del CPP corrigió la anormalidad que observó y señaló que se concede el recurso de apelación incidental para que ante el Tribunal Departamental de Justicia de Tarija y de acuerdo al art. 251 del CPP, en el plazo de veinticuatro horas se deberán remitir fotocopias legalizadas de actuados (fs. 53).