SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2012

Fecha: 12-Oct-2012

“denegó”,

La Jueza de Partido Mixto de Riberalta del departamento de Beni, constituida en jueza de garantías, pronunció la Resolución 03/2012 de 5 de septiembre, por la cual,“denegó”, la tutela solicitada, bajo los siguientes argumentos: 1)Por la escritura pública 397 de 30 de septiembre de 1997, folio real 8.02.1.01.0001859 y pago de impuestos hasta la gestión2011, se acreditó el derecho propietario de la accionante Jacqueline Estívariz Bustillos, sobre la urbanización “Villa Fabiola”, inscrito en DD.RR. en fecha 30 de septiembre de 1997;2) Por título de fecha 17 de octubre de 1990, emitido por el Lic. Jaime Paz Zamora, Presidente constitucional de la República, se advierte que el señor Hugo LeigueCanamari, ha obtenido la propiedad sobre 73 ha, ubicado en Villa Fabiola; 3) Por carta de citación emitida por el INRA, se tiene que se ha previsto saneamiento de éste predio para los días 8 y 9 de septiembre de 2012; y, 4) En el presente caso, tal como la misma accionante lo manifestó, las delimitaciones tendrán que ser establecidas por el INRA y la Alcaldía en su caso, por ende se trata de un derecho controvertido, que impide se conceda la tutela solicitada.