Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2012
Fecha: 12-Oct-2012
I.1.3. Petitorio
La accionante solicita se conceda la presente acción, y consiguientemente se ordene a los avasalladores arbitrarios la desocupación inmediata de los terrenos de su propiedad, en el término de 24 horas, debiéndose librar el correspondiente mandamiento de desapoderamiento y/o lanzamiento, en caso de oposición o desobediencia.
- I.1.1. Hechos que motivanla acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “denegó”,
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Excepción a la subsidiariedad por medidas de hecho y subreglas de aplicación
- III.3. La carga probatoria debe ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR