Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1949/2012
Fecha: 12-Oct-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, ratificó la acción de amparo constitucional y ampliándola mencionó que, la autoridad demandada consideró que como la excepción de cosa juzgada ataca la imputación, deberá resolverse primero la excepción previo a resolver la imputación y correspondiente medida cautelar, sin embargo, el Tribunal Constitucional estableció, que ni siquiera una apelación de una excepción que tiene carácter suspensivo le impide a la autoridad judicial resolver la aplicación de medidas cautelares, por lo que pide se resuelva el petitorio conforme a derecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Informe de la tercera interesada
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3. Respecto al derecho a la tutela judicial efectiva
- III.4. Respecto a la oportunidad de plantear excepciones e incidentes
- III.5. Respecto a las medidas cautelares de carácter personal
- III.6. Análisis del caso concreto
- sin la suspensión de la audiencia,
- CONFIRMAR