SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1987/2012
Fecha: 12-Oct-2012
a)
El accionante a través de sus apoderadas, ratificó la acción de amparo constitucional y ampliándola señaló que: a) “se ha sumido en indefensión a la parte que representa al haberse establecido que la precitada resolución era inimpugnable, criterio jurídico que viola la normativa legal en razón de que la jurisprudencia existente al respecto moduló y estableció que todas las resoluciones emitidas por las autoridades jurisdiccionales son impugnables; consecuentemente no se podía omitir por la Juez accionada dicha línea jurisprudencial por sobre todo si la misma es anterior a la emisión de la resolución emitida por la nombrada Juzgadora” (sic), b) La autoridad judicial demandada vulneró el derecho a la defensa, al haber solicitado que se emita nueva resolución enmarcada en la normativa vigente y sea con la condenación de costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 2)
- I.2.3.Terceros Interesados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.2 . El derecho al debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
- III.4. Respecto a la seguridad jurídica
- derecho a impugnar
- III.6 Análisis del caso concreto.