Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2000/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.2.
II.2. Mediante la boleta de primera citación de 30 de noviembre de 2010, dirigida a Industrias Alimenticias San Luis y los informes de reincorporación 240/10 de 2 de diciembre de 2010 y el de verificación de cumplimiento POE. 0008/2010 de 9 de diciembre, emitidos por funcionarios de la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, dentro de la solicitud de reincorporación interpuesta por el accionante, así como la conminatoria de reincorporación que lleva el sello de recepción de la empresa demandada, dando efectividad a la diligencia de notificación, conforme dispone el DS 495 (fs. 8 a 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional tiene su excepción, en razón a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales
- Fragmento 14
- III.3. La protección del derecho al trabajo
- III.4. La estabilidad laboral como derecho fundamental
- III.5. El derecho a la salud
- III.6. Análisis del caso concreto
- En cuanto a la vulneración del derecho a la estabilidad laboral y a la salud, inmersas dentro del derecho al trabajo
- Fragmento 20
- CONFIRMAR,