Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2053/2012
Fecha: 15-Oct-2012
1)
La accionante alega 1) Que las reiteradas audiencias de cesación de la detención preventiva fueron suspendidas sin razón aparente y habiendo reiterado su solicitud por memorial de 27 de agosto de 2012, el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal demandado en suplencia del Juzgado Tercero de Instrucción cautelar, no lo consideró argumentado haber perdido competencia, remitiendo el cuaderno procesal ante el Tribunal Séptimo de Sentencia Penal; y, 2) Asimismo, la accionante alega encontrarse con delicado estado de salud en razón a que padece chagas y con afecciones cardiacas.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la Autoridad demandada
- “otorgó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Legitimación pasiva en acciones de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la base principista que sustenta la línea jurisprudencial que afirma que las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal sean 1) Tramitadas; 2) Resueltas; y, 3) Efectivizadas con la mayor celeridad
- III.3. El derecho a la vida y la posición de garantes en su tutela de los jueces de instrucción en lo penal
- i)
- pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió el acto u omisión ilegal, y sólo cuando dicho acto u omisión sea manifiestamente contrario a la Ley y existan elementos de convicción fehacientes que lo demuestren
- 1º CONFIRMAR
- 2º CONCEDER