Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2012-RCA
Fecha: 05-Nov-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante por la Distribuidora a la que representa, solicitó tutela del derecho a la “seguridad jurídica”, de la garantía al debido proceso y de los principios a la irretroactividad de ley y a la legalidad; sin embargo, al haberse declarado la improcedencia de la acción de amparo por el Tribunal de garantías, corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y del Código Procesal Constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- II.4. Análisis de los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- “1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”
- “4. Relación de los hechos”
- “5. Identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados”
- “8. Petición”
- 2º Disponer
- 3º