Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2065/2012
Fecha: 08-Nov-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 3 de agosto de 2012, cursante de fs. 85 a 87, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ángel Delgado Araona contra Oscar Julio Terán Ayala y Melisa Puerta Kramer, Director Técnico y Jefa de Recursos Humanos (RR.HH.), respectivamente del Servicio Departamental de Caminos (SEDCAM) de Pando.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- De manera excepcional, puede prescindirse de la observancia de la subsidiariedad,
- III.2. Procedencia de la tutela excepcional sin necesidad de agotar otros mecanismos cuando está de por medio la vida y el interés superior del niño niña y adolescente
- de manera excepcional se prescinde
- Con referencia a los progenitores
- III.4. El “vivir bien” en su triple dimensión, aplicado a la actividad laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR