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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2065/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2065/2012

    Fecha: 08-Nov-2012

    II.5.

    II.5.   Consta informe A.L. 277/2012 de 22 de junio, a través del cual los abogados vía Asesoría Legal remitieron al Director Técnico del SEDCAM de Pando, el informe legal de acuerdo a la hoja de ruta CI 1371/2012, recomendando se proceda a la destitución sin beneficios sociales del ahora accionante por haber transgredido lo previsto en los arts. 25 inc. c) y 68 del Reglamento Interno del SEDCAM (fs. 69 a 73).   

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 8
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • De manera excepcional, puede prescindirse de la observancia de la subsidiariedad,
    • III.2.  Procedencia de la tutela excepcional sin necesidad de agotar otros mecanismos cuando está de por medio la vida y el interés superior del niño niña y adolescente
    • de manera excepcional se prescinde
    • Con referencia a los progenitores
    • III.4. El “vivir bien” en su triple dimensión, aplicado a la actividad laboral
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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