SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2087/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2087/2012

Fecha: 08-Nov-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En su calidad de funcionario de la EMSA, fue sometido a un proceso administrativo interno en franca vulneración a sus derechos fundamentales, por cuanto el Auto de Inicio de procesamiento se encuentra basado en el informe legal 022/2010, elaborado por el Asesor Legal de la referida empresa, quien posteriormente haría de Autoridad sumariante.

Indica que, dando cumplimiento a sus funciones de cotizador de EMSA, requirió tres importes de precio para un repuesto de una pala cargadora marca Fiat Allis, accesorio que también podía ser adquirido en la marca Volkswagen, extremo que finalmente se dio a través de la adjudicación efectuada por el Gerente General, David Rocha Anna y el Jefe Administrativo Financiero, Javier Quispe Mendoza, quienes extrañamente no fueron incluidos en el proceso administrativo iniciado por un supuesto sobreprecio.

Refiere que, Carola Cabrera Quiroga fue designada Sumariante el 8 de agosto de 2011, en franca vulneración del Decreto Supremo (DS) 23318-A, modificado por el DS 26237, cuando debió efectivizarse su designación la primera semana del año tal cual lo dispone la normativa citada, Autoridad sumariante que fue sustituida por Margarita Cruz Coraite, quien elaboró el informe legal base del proceso administrativo, derivando finalmente en el Auto Final del proceso, por ende actuando como juez y parte, consecuentemente dispuso su destitución.

Señala que, el Auto Final del sumario fue impugnado, buscando la corrección de las distorsiones producidas a través de los correspondientes recursos de revocatoria y jerárquico, dando lugar a que sean refrendados los actos ilegales y arbitrarios contenidos en la Resolución emitida por la Autoridad sumariante, por cuanto no fue apreciada ni valorada la prueba de descargo y tampoco fue aplicada correctamente la normativa aplicable al caso, como correspondía a una autoridad que ejerce la potestad sancionadora a nombre del Estado, respetando el debido proceso.