Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2087/2012
Fecha: 08-Nov-2012
juez o tribunal
La autoridad administrativa investida de la facultad para procesar a los funcionarios públicos, debe ser independiente en sus decisiones e imparcial al momento de acusar a determinado funcionario público, por lo cual se entiende que queda proscrita de la sustanciación del proceso administrativo cualquier atisbo de parcialización, menos de prejuzgamiento, lo contrario sería desconocer la esencia misma del respeto por los derechos fundamentales que debe primar en un procedimiento sancionatorio lesionando el espíritu mismo de nuestra Constitución Política del Estado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.El juez natural en los sumarios administrativos
- jurisdiccional competente, independiente e imparcial
- juez o tribunal
- III.2.1. Jurisprudencia
- se halla impregnado en esencia por la garantía básica del Juez natural, por el derecho de defensa y por el principio de legalidad de ley, buscando evitar la imposición de sanciones sin que previamente se hubiese observado el cumplimiento de un proceso previo, suponiendo la existencia de la autoridad legal competente preestablecida por norma,
- El juez natural, como elemento componente del debido proceso, se encuentra integrado por la imparcialidad, independencia y competencia de las autoridades; así, la Constitución Política del Estado, en su art. 120.I, prescribe: 'Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial,
- III.3. Análisis del caso concreto
- En relación al juez natural imparcial e independiente
- indicios de responsabilidad administrativa, más aún si ha recomendado su procesamiento, concluyéndose que en los hechos ha quedado viciada su objetividad e imparcialidad, convirtiéndose en juez y parte, dando lugar a una defensa inefectiva, en razón a que su criterio ya fue conocido de antemano
- 2º