SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2127/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2127/2012

Fecha: 08-Nov-2012

procedente”

El Juez Segundo de Sentencia del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 18 de abril de 2011, cursante de fs. 38 a 40, por la que declaró “procedente” la tutela solicitada, señalando que los demandados, deben acomodar su conducta dentro el marco normativo constitucional y los estatutos que rige la Policía Nacional, señalando además que “El accionante se encuentra en libertad”, esto en base a los siguientes fundamentos: a) El funcionario policial Erwin Morales Rosas, intervino en el acto ilegal, pero no lo hizo de manera independiente, ya que participó también otro funcionario policial como es Igor Jhasmany Berrios Fuentes, que de igual manera desplegó acciones de exceso de autoridad, ya que no se investiga delito alguno; b) A la fecha se encuentra en libertad Jorge Armando Fuentes Ticona, sin embargo al haber sido privado de libertad de 8:00 a 14:00 se vulneró sus derechos; c) La acción de libertad “Innomativa” (sic), se refiere a que procede cuando ha cesado la amenaza o la violación de libertad personal; d) En el caso presente se dio tanto la persecución ilegal, así como la privación indebida de la libertad; y, e) Los demandados al haber detenido físicamente aunque por unas horas a Jorge Armando Fuentes Ticona, afectaron su derecho a la libertad, por lo que en vinculación al principio de seguridad jurídica y el derecho al debido proceso, se debe conceder la tutela solicitada.