SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2135/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2135/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III.2. La legitimación pasiva dentro de las acciones de amparo constitucional

La legitimación pasiva en materia de derecho procesal, implica la facultad de la parte demandada para presentarse dicha solicitud; lo que significa que a quien se hubiese demandado, cuente con las obligaciones y/o derechos que el demandante pretende que se diluciden dentro del proceso de la acción interpuesta, presupuesto procesal aplicable a la acción de amparo constitucional.