SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2179/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2179/2012

Fecha: 08-Nov-2012

a)

El abogado apoderado del Ministerio de Gobierno en audiencia señaló lo siguiente: a) Sobre la base del relato de los hechos sucedidos, indicó que no es necesario un proceso administrativo para destituir a una persona, pues la decisión de desvinculación de Juan Edgar Castro Villarroel fue porque se lo encontró en flagrancia; vale decir, realizando el cambio de placas de una movilidad de nacionalidad chilena incautada por narcotráfico a otra movilidad del citado Ministerio, hecho por el que señala que se presume la comisión de un “delito de uso ilegal de influencias, uso indebido de bienes y servicios del estado, previstos en la ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz”; b) Si bien se encuentran involucrados los derechos del progenitor y progenitora del niño, también se encuentran los derechos de la imagen institucional del Ministerio de Gobierno; y, c) El Ministerio de Gobierno no ha sido notificado con la conminatoria emitida por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, que dispone que en el plazo de cinco días a partir de su notificación se reincorpore Juan Edgar Castro Villarroel.