Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2179/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.4.
II.4. Según orden de citación de 24 de mayo de 2011, la Fiscal de Materia, Ingrid Fátima Rodríguez Flores, ordenó la citación formal de Juan Edgar Castro Villarroel con el objeto de recepcionar declaración en vía informativa en calidad de testigo, el 26 del mismo mes y año. Asimismo, la mencionada autoridad el 13 de septiembre de 2012, ante el Defensor del Pueblo, Rolando Villena Villegas, informó el estado del caso 4569/11 de 2 de mayo de 2011, señalando que se encuentra en etapa preliminar y que el ciudadano Juan Edgar Castro Villarroel ha sido convocado en calidad de testigo según consta en el acta de declaración que adjunta (fs. 9 y 210 a 212).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La excepción del principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, tratándose de mujeres en estado de gestación
- empero, tratándose de resguardar y/o proteger derechos primarios de la mujer trabajadora embarazada y del ser en gestación, cuya protección es urgente e inmediata, ante el retiro intempestivo de la fuente laboral que provoca la suspensión del derecho a la seguridad social que a su vez resguarda y garantiza el derecho a la salud, poniendo en riesgo el derecho a la vida que no puede estar supeditado al agotamiento previo de otras vías o instancias legales
- III.2. La protección de la mujer en estado de gestación, el nasciturus y el progenitor varón en materia laboral
- “I.
- II.
- Entre los grupos de atención prioritaria, están justamente las mujeres embarazadas y los niños
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR