SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2181/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.6.
II.6. Bajo el mismo sentido Cid Weimar Brañez Siles, Jefe de Fisioterapia, mediante nota de 26 del mes y año antes citados, solicitó al Director del SEDES Pando, Alicio Guzmán Ríos, se le proporcione documentación sobre la Convocatoria que fue lanzada para el cargo de Técnico en Fisioterapia de 2006; lista de personas que se presentaron en esa convocatoria, con las calificaciones finales, en la indicada gestión; Resolución de designación y posesión de los cargos institucionalizados que se efectuó en el 2006; el primer memorándum que supuestamente se rehusó firmar; y, todos los requerimientos o justificativos para que se haya dispuesto su función alternativa fuera del municipio de Cobija (fs. 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Contenido, alcances y requisitos del derecho de petición
- III.3. Análisis en el caso concreto
- APROBAR en parte