SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2262/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2262/2012

Fecha: 09-Nov-2012

2)

2)  En el presente “recurso incidental de inconstitucionalidad”, la Gerencia Distrital La Paz del SIN emitió la RA 219, que rechazó el mismo, argumentando que el art. 162 del CTB, concordante con el art. 40 del Decreto Supremo (DS) 27310 de 9 de enero de 2004, faculta a las Administraciones Tributarias a dictar resoluciones contemplando el detalle de las sanciones para cada conducta contraventora; asimismo el art. 9.I de la Ley 2166 de 22 de diciembre de 2000, establece que el Directorio del SIN tiene atribuciones para dictar resoluciones con el objeto de facilitar y operativizar las actuaciones tributarias y sus procedimientos. Por otra parte, las sanciones por incumplimiento de deberes formales no suponen la existencia de un impuesto; es decir, que no emerge del pago o no de obligaciones procedentes de conductas que estén gravadas por algún impuesto nacional, sino de la omisión de un deber formal; por tanto, están fuera del alcance de los arts. 155, 156 y 157 del CTB.