SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2262/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2262/2012

Fecha: 09-Nov-2012

I.1.2.

Mediante memorial presentado el 29 de junio de 2010, cursante de fs. 73 a 81 vta., señala que el 17 de noviembre de 2008, se notificó a la empresa que representa, con el Auto Inicial del Sumario Contravencional 00084919785 de 24 de abril de 2008, correspondiente a mayo de 2006, el mismo determina una sanción de UFV's5000.- (cinco mil unidades de fomento a la vivienda), por un presunto incumplimiento de presentación y consolidación de las declaraciones juradas de sus empleados; por ello el 8 de diciembre de 2008, la accionante presentó los descargos correspondientes al Auto mencionado, rechazando la calificación de la multa y dejando constancia que la obligación de consolidar las declaraciones de los dependientes se aplica cuando al menos un empleado ha presentado formularios Da Vinci, hecho que no sucedió en este periodo fiscal; sin embargo, en el mes objeto de multa ningún empleado con salario mayor a Bs7000.- (siete mil bolivianos), presentó facturas para descargar o compensar su impuesto.

Sin perjuicio de lo anterior, la empresa accionante solicitó el beneficio del descuento del 80% de la sanción conforme determina el art. 156 del CTB; empero, la Administración Tributaria respondió a la solicitud señalando que según la Resolución Normativa de Directorio 10-0037-07, las disposiciones sobre reducción de sanciones establecidas en el referido artículo, no se aplican a las sanciones por incumplimiento de deberes formales. De donde la empresa accionante, establece que se ha visto vulnerada en el derecho a la reducción de la sanción del 80%, pues dentro del proceso administrativo tributario en concreto, se ha determinado la aplicación inconstitucional de una Resolución de Directorio, ya que va más allá de lo que determina el Código Tributario Boliviano, el cual, se limita a restringir el derecho de reducción de las sanciones a los casos de contrabando, de ahí que la aplicabilidad o no del art. 11 de la Resolución de Directorio, cuya constitucionalidad se cuestiona es vital para la Resolución final del proceso administrativo tributario, por lo que, la declaratoria sobre su constitucionalidad o inconstitucionalidad tendrán incidencia directa en la resolución del caso en cuestión.