SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2308/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2308/2012

Fecha: 16-Nov-2012

1)

Juan Luis Ledezma Miranda, Juez Técnico del Tribunal Primero de Sentencia Penal, en audiencia, señaló lo siguiente: 1) Se adscribió a los actuados procesales señalados por la codemandada; 2) Respaldó su incomparecencia en la audiencia de medida cautelar por no haber participado en la misma, en virtud al principio de legitimidad pasiva que exige que la acción sea dirigida contra las autoridades que intervienen objetivamente en los actos violatorios, por lo cual, actuó en suplencia legal su similar la Jueza Técnica del Tribunal Segundo de Sentencia; 3) Aclaró y deslindó su responsabilidad en cuanto a que no fue efectiva su participación en la firma del mandamiento de detención preventiva; y, 4) Estableció que el Tribunal subsanó los errores de falta de notificación con el Auto de apertura de juicio oral y que inclusive, no se ejecutó la orden de detención y se sustituyó esta con la orden de mandamiento de aprehensión, conforme correspondía.