SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2310/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2310/2012

Fecha: 16-Nov-2012

1)

El accionante, ratificó in extenso los argumentos de su demanda tutelar y aclaró manifestando, que: 1) Su representado tuvo varios altercados y discusiones con el representante del Ministerio Público de Achacachi, en primera instancia fue denunciado por Anastasio Laime Poma, sin haberse establecido ningún tipo penal; 2) Otra investigación que se inició por odio y resentimiento fue a instancia de Marga Yujra Nina contra su representado, siendo citado para realizar su declaración informativa policial y al pedir la suspensión de dicha actuación, el Fiscal demandado, expidió mandamiento de aprehensión en su contra; 3) Al haber iniciado proceso penal Juana Quispe Apaza, Concejala del Municipio de Ancoraimes contra dos concejales de su mismo municipio por el delito de desobediencia a resoluciones en proceso de habeas corpus y amparo constitucional, al no dejarla sesionar, amplió querella contra su representado y a la vez el director de las investigaciones también amplió imputación formal, con la única intención de perjudicarlo; 4) El Juez de Instrucción en lo Penal de Achacachi, señaló audiencia para el viernes 13 de mayo de 2011, en la misma se hizo notar que no podía llevarse a cabo, porque pesaba una recusación contra el Fiscal de Materia; sin embargo, rechazo el incidente y prosiguió la audiencia arbitrariamente, hasta culminar y ordenar su detención preventiva; y, 5) Al haber planteado recusación contra el Fiscal de Materia, no podía promover la audiencia cautelar.