SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2310/2012
Fecha: 16-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alegó la vulneración de los derechos de su representado a la libertad, a la “seguridad jurídica” y el debido proceso, toda vez que emergente de un proceso penal, el Fiscal demandado, le imputó formalmente por el delito previsto en el art. 179 bis, por odio, animadversión y revanchismo a su representado, por lo que mereció que se le recuse por ante la Fiscalía Departamental de La Paz, actuación que se puso en conocimiento al Juez demandado y se solicitó a la vez la suspensión de audiencia de medidas cautelares, autoridad que rechazó en audiencia la petición y ordenó la prosecución, culminando con la detención preventiva, procediendo de manera ilegal los demandados en privarle su libertad, porque al existir la recusación, debía haberse inhibido de conocer la causa y el Juez debería haber suspendido dicha audiencia. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos lesivos de los derechos a la vida, a la libertad y a la libre locomoción, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Carácter excepcional de aplicación del principio de subsidiaridad de la acción de libertad
- III.3.
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- de acuerdo antecedentes del cuaderno de control jurisdiccional se ha presentado recurso de apelación contra la
- por lo que el accionante al utilizar los mecanismos intra procesales de la vía ordinaria en audiencia de medidas cautelares de carácter personal, no esperó los resultados del Tribunal de alzada
- 2º