SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2310/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2310/2012

Fecha: 16-Nov-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Su representado es Alcalde Municipal de la localidad de Ancoraimes, provincia Omasuyos del departamento de La Paz, por las funciones que desempeña, tuvo varias discusiones, altercados y conflictos con el Fiscal de Materia de la localidad de Achacachi -ahora demandado- expresando un grado de odio, animadversión y revanchismo, promoviendo procesos penales en su contra sin sustento jurídico, como la que interpuso a instancia de Anastasio Laime Poma por el supuesto delito de incumplimiento de deberes.

Otra investigación en contra de su representado, fue por delito de lesiones leves a instancia de Marga Yujra Nina, siendo citado el 15 de marzo de 2011, para su declaración informativa y al no presentarse a dicha actuación pese haber justificado su inasistencia, el fiscal demandado, libró mandamiento de aprehensión mediante Resolución “04/11” (sic).

Al incumplimiento de una Resolución de acción de amparo constitucional, Juana Quispe Apaza, Concejala del Gobierno Municipal de Ancoraimes, inicio proceso penal contra dos concejales de su mismo municipio por el supuesto delito de desobediencia a resoluciones en proceso de habeas corpus y amparo constitucional, ampliando querella contra su representado, siendo imputado y remitido ante el Juez de Instrucción en lo Penal de la localidad de Achacachi, para determinar su situación jurídica.

En este ínterin, por las varias arbitrariedades, se presentó recusación contra el Fiscal de Materia, ante la Fiscalía de Distrito -ahora Departamental- de La Paz, con el objeto que se aparte del conocimiento de la causa, siendo que en audiencia de medidas cautelares de carácter personal, se puso en conocimiento la recusación ante el Juez demandado, solicitando la suspensión de audiencia, petición que fue rechazada, consecuentemente se interpuso recurso de reposición y apelación que también fueron rechazadas en audiencia cautelar, culminando está audiencia con la detención preventiva de su representado, en total vulneración de los derechos y garantías, contradiciendo elrol que ostenta el Juez demandado como contralor de garantías.