SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2310/2012
Fecha: 16-Nov-2012
por lo que el accionante al utilizar los mecanismos intra procesales de la vía ordinaria en audiencia de medidas cautelares de carácter personal, no esperó los resultados del Tribunal de alzada
De lo manifestado precedentemente -antecedentes e informes de las autoridades demandadas- se establece que la investigación está bajo el control jurisdiccional que ejerce el Juez Cautelar, por lo que el accionante al utilizar los mecanismos intra procesales de la vía ordinaria en audiencia de medidas cautelares de carácter personal, no esperó los resultados del Tribunal de alzada, contravienen así el orden constitucional, teniendo el superior en grado la potestad de jurisdicción y competencia para resolver la apelación de medidas cautelares, facultado para corregir o anular actuados procesales que contengan vicios de nulidad de las investigaciones en la etapa preliminar o preparatoria, como se estableció en el Fundamento Jurídico III.4., de esta misma Sentencia. En ese sentido, esta acción de defensa no es una acción sustitutiva, alternativa o paralela para restituir derechos a la libertad o locomoción, activándose únicamente cuando fue utilizado todos los mecanismos de jurisdicción ordinaria y al no resultar efectivos y persista la lesión al derecho de libertad o la vida en cualquiera de sus formas y al haber activado esta acción tutelar sin agotar los recursos franqueados por la ley para hacer valer sus derechos, no se puede abrir el ámbito de protección a través de la presente acción de libertad.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Carácter excepcional de aplicación del principio de subsidiaridad de la acción de libertad
- III.3.
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- de acuerdo antecedentes del cuaderno de control jurisdiccional se ha presentado recurso de apelación contra la
- por lo que el accionante al utilizar los mecanismos intra procesales de la vía ordinaria en audiencia de medidas cautelares de carácter personal, no esperó los resultados del Tribunal de alzada
- 2º