SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2365/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2365/2012

Fecha: 22-Nov-2012

denegó

El Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto, del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 06/11 de 16 de junio de 2011, cursante de fs. 59 a 60, denegó la tutela demandada, con los siguientes fundamentos: a) El Tribunal Constitucional en su “SC 0619/2005 de 7 de junio”, ha previsto los presupuestos procesales, que determinan cuando el derecho al debido proceso halla tutela por medio de la acción de libertad; b) En el caso, los hechos expuestos por el accionante, no cumplen el segundo presupuesto, referido al estado absoluto de indefensión, por el contrario asumió el conocimiento del proceso penal desde un inicio, ejerciendo su derecho de defensa a plenitud, realizando peticiones y planteando cuestiones incidentales; y, c) Por otro lado el accionante pretende que a través de la acción de libertad, se analicen supuestas vulneraciones al debido proceso, empero estas deben ser reclamadas al Juez de control jurisdiccional en la vía incidental y solo agotada tal instancia y los recursos ordinarios, activar la jurisdicción constitucional por medio de la acción de amparo.