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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2368/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2368/2012

    Fecha: 22-Nov-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1.
    • I.1.2.
    • a)
    • I.2.1.
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Informe del representante del Ministerio Público
    • improcedente
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • III .FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de libertad y su naturaleza
    • III.2.
    • para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión; es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad'.
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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