Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2375/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.1
II.1 El 26 de abril de 2011, Denny Roca Chicata presentó solicitud fijación de audiencia de cesación de detención preventiva, en razón a que ya no concurría la posibilidad de que el mismo pueda obstaculizar la averiguación de la verdad, puesto que no existen otros implicados por detener, habiendo desaparecido el motivo que fundó la detención preventiva, además, que por otro lado se halla detenido desde el 2 de febrero de 2009, o sea por más de veintiocho meses a la fecha de presentación de la presente acción tutelar (fs. 4 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1
- I.1.2.
- I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo, por la ausencia de requisitos formales en su presentación; la inmediatez, por la urgencia en la protección de los derechos que resguarda; la sumariedad, por el trámite caracterizado por su celeridad;
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3. El caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- CONFIRMAR