SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2379/2012
Fecha: 22-Nov-2012
III.6. Análisis del caso concreto
De acuerdo a ese contexto de hechos y a la jurisprudencia citada, no es posible analizar el presente caso mediante esta acción tutelar, toda vez que no se advierte la concurrencia de los dos presupuestos referidos en líneas precedentes, puesto que por una parte, la emisión del mandamiento de aprehensión no puede ser considerado como un acto lesivo que restrinja la libertad de la ahora accionante, al haber sido pronunciado por autoridad competente dentro de las potestades otorgadas por ley; por otra parte, de la lectura del memorial de demanda no se advierte que la ahora accionante se encontrara en estado de indefensión, pues en momento alguno arguye desconocimiento del proceso instaurado en su contra, consecuentemente, de lo descrito se concluye que ninguno de los requisitos que viabilizan la protección del debido proceso mediante la acción de libertad fueron cumplidos, por lo que no corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.2.4. Consideraciones de Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Inconcurrencia de la accionante a la audiencia acción de libertad
- III.3. El debido proceso y la protección que brinda la acción de libertad
- III.4. L
- 9)
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR