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    TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2129/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2129/2012

    Fecha: 08-Nov-2012

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    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.1.1. El derecho a la vida y a la libertad personal en la         Constitución  Política del Estado
    • III.1.2. De la acción de libertad
    • III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
    • Las resoluciones que resuelven una solicitud o reclamo, deben contener una motivación coherente con el ordenamiento jurídico, exponiendo de forma clara y precisa los fundamentos que llevaron a la autoridad a resolver el caso de una u otra forma, satisfaciendo todos los aspectos demandados; caso contrario, se estaría vulnerando el derecho y garantía del debido proceso.
    • III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • Actuar de manera distinta a la descrita, provoca dilaciones indebidas y dilatorias sobre la definición jurídica de las personas privadas de libertad y corresponde activar el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho…
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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