En revisión la Resolución 182/12 de 3 de agosto de 2012, cursante de fs. 64 a 68, pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 182/12 de 3 de agosto de 2012, cursante de fs. 64 a 68, pronunciada dentro de la

Fecha: 21-Dic-2012

II.11.

II.11.  Mediante CITE: OF. SP-CM 1081/2012 de 4 de julio, dirigido a la Encargada Distrital del Consejo de la Magistratura, el Secretario Permanente de Sala Plena del Consejo de la Magistratura, Said Canelas Lozada, ratificó la propuesta efectuada por esa autoridad referente a otorgar un salario de    Bs4 350.- (cuatro mil trescientos cincuenta bolivianos), a favor de la accionante, sin reconocerle ningún pago por concepto de reintegro de sueldos (fs. 30); y por CITE RD/CM Of. 0402/2012 de 9 de julio, dirigida a la accionante, la Encargada Distrital del Consejo de la Magistratura remitió la respuesta a su solicitud de reincorporación (fs. 29).