Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 182/12 de 3 de agosto de 2012, cursante de fs. 64 a 68, pronunciada dentro de la
Fecha: 21-Dic-2012
II.12.
II.12. Según la planilla correspondiente a la ex Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura, que adjuntó el Director Nacional de Recursos Humanos a.i. del Consejo de la Magistratura, los tres cargos de abogado inspector correspondientes al nivel salarial de Bs5 300.- (cinco mil trescientos bolivianos), se encontraban acéfalos al 1 de marzo de 2012 (fs. 90).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y Garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- de continuidad y estabilidad laboral
- inamovilidad
- III.3. No es necesario que la mujer en estado de gravidez ponga en conocimiento del empleador su estado antes de que se produzca el despido o cesación de servicios
- para su ejercicio, no se requiere el previo aviso al empleador del estado de embarazo o de la existencia de un hijo o hija menor a un año
- III.4.
- CONFIRMAR