Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2500/2012
Fecha: 03-Dic-2012
II.8.
II.8. El accionante, mediante memorial presentado el 17 de noviembre de 2011, formuló petición de audiencia de consideración de la medida cautelar impuesta en su contra, a cuyo mérito, la autoridad judicial, mediante decreto de 18 del mismo mes y año, señaló audiencia para considerar lo impetrado para el 29 del indicado mes y año. (fs. 34 a 35).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.3. Improcedencia de la acción de libertad por doble interposición con identidad de sujeto, objeto y causa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR