SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2528/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2528/2012

Fecha: 14-Dic-2012

1)

La demandada Marlene Ardaya Vásquez, por intermedio de sus abogados y apoderados, por informe cursante de fs. 86 a 88 vta., señalaron que: 1) El accionante en su demanda no fue claro respecto a su petitorio, incurriendo ello en el rechazo de la admisión de la acción, ya que al no ser claro el petitum, evita que el Tribunal pueda resolver el fondo de la causa ya que no existe una precisa conexión entre los derechos vulnerados y el petitorio; 2) Existe falta de legitimación pasiva, toda vez que no se identifica cuál fue la participación de la Presidenta Ejecutiva a.i. de Aduana Nacional de Bolivia; además de ello, se puede evidenciar que con la respuesta que ofreció el Gerente Regional a.i. de Santa Cruz, no se le vulnera ningún derecho toda vez que se le señaló al accionante, que su derecho quedaba en status quo, hasta que se elabore un reglamento que instrumentalice la Ley 100; y, 3) “No es posible operativizar la Ley Nº 100 por parte de la Aduana Nacional de Bolivia, ya que ésta no especifica aspectos tan importantes como si se efectuarán coberturas de Tributos aduaneros, emisión de DUI's, y el pago de almacenaje entre otros, aspectos en detalle que debe establecerse (en) el futuro Decreto reglamentario a emitirse por las autoridades correspondientes” (sic).