SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2544/2012
Fecha: 21-Dic-2012
II.1.
II.1. Según acta de audiencia pública de consideración de medidas cautelares de 26 de septiembre de 2012, la misma se suspendió por inasistencia de la imputada y al no haber justificado su incomparecencia la autoridad ahora demandada dispuso se emita el mandamiento de aprehensión (fs. 2); cursa mandamiento de aprehensión librado el 26 de septiembre de 2012 (fs. 3).
II.1. Según acta de audiencia pública de consideración de medidas cautelares de 26 de septiembre de 2012, la misma se suspendió por inasistencia de la imputada y al no haber justificado su incomparecencia la autoridad ahora demandada dispuso se emita el mandamiento de aprehensión (fs. 2); cursa mandamiento de aprehensión librado el 26 de septiembre de 2012 (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección
- III.2. La notificación con la resolución que señale audiencia de medidas cautelares
- Consecuentemente no puede considerarse cumplida la notificación personal, la realizada en el domicilio procesal del abogado, en razón a que la norma aludida exige determinadas formalidades en la diligencia de notificación, ello con el objeto de que el imputado tenga pleno conocimiento de ese actuado procesal, y por el contrario no se lesione su derecho a la defensa, menos ocasionar nulidades dentro de un proceso
- III.3.1. Sobre la notificación con la audiencia de medidas cautelares y mandamiento judicial de aprehensión
- Fragmento 13
- como así efectivamente lo hizo la imputada
- III.3.2. Sobre la excepción de prejudicialidad pendiente
- CONFIRMAR
- Fragmento 17