SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2551/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2551/2012

Fecha: 21-Dic-2012

propietarias

Alega que, los arts. 2, 5 y 6 del DS 24205, infringen los arts. 323 y 410 de la CPE, al haber modificado indebidamente el Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA), sin respetar el principio de jerarquía normativa; puesto que, el art. 6.I.1 del Código Tributario Boliviano (CTB), prevé que sólo la ley puede crear, modificar y suprimir tributos, definir el hecho generador de la obligación tributaria, fijar la base imponible y alícuota o el límite máximo y mínimo de la misma, así como designar al sujeto pasivo. Aclara que, el art. 58 de la Ley de Reforma Tributaria (LRT), establece un impuesto anual a los vehículos automotores de cualquier clase o categoría, siendo los sujetos pasivos de este impuesto, las personas jurídicas o naturales y las sucesiones indivisas, propietarias de cualquier vehículo automotor.