SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2583/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2583/2012

Fecha: 21-Dic-2012

concedió

El Juez Tercero de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 08/2011 de 2 de agosto, cursante de fs. 30 a 32, por la cual se concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada en el plazo de cuarenta y ocho horas dicte nueva resolución, adecuándose a procedimiento y en el marco de los fundamentos expuestos: a) Pascual Castaños Quispe, estaba gozando de libertad a través de las medidas sustitutivas a la detención preventiva; b) Dictada la Sentencia condenatoria en su parte resolutiva, a solicitud del Ministerio Público dispuso la revocatoria de las medidas sustitutivas, por la existencia de riesgo de fuga, y por considerar los jueces ciudadanos que dicha medida se hallaba establecida en el art. 234.6 del CPP, siendo que los jueces técnicos emitieron voto disidente; c) “por el acta de lectura parcial de sentencia de 29 de julio de 2011, Resolución de Medida Cautelar 25/11, por el que dispone dicho tribunal, en aplicación a los arts. 250 y 234.6 del CPP, la detención preventiva del ahora accionante, aclarando sobre los votos disidentes de los jueces técnicos” (sic) y conforme a la línea jurisprudencial se establece la necesidad de que sean fallos fundamentados y motivados; y d) ”la resolución adolece de defectos de forma y fondo que deben ser restablecidos con las formalidades legales al haberse vulnerado el debido proceso que dio lugar a su detención” (sic).