SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2583/2012
Fecha: 21-Dic-2012
I.2.1.
Asimismo, expresó que la sentencia impuesta al ahora accionante fue de tres años y seis meses, empero en la resolución, el Presidente del Tribunal Quinto de Sentencia, no se pronunció por la revocatoria de las medidas cautelares, pues solamente declaró probada la acusación, posteriormente señaló audiencia para “el día de hoy a las 17:30” (sic), siendo en esta circunstancia que la fiscal solicitó la revocatoria de las medidas sustitutivas, toda vez que Pascual Castaños, contaba con otros procesos penales, adjuntando un certificado de antecedentes, negándole, el derecho a hacer uso de la palabra, restringiéndole el derecho a la defensa.
Continuó señalando que no conocieron el voto disidente en la referida sentencia, así como que este es un proceso con un solo procesado por la presunta comisión del delito de estelionato, consiguientemente no lleva ninguna complejidad, por ello “si no puede redactar toda la fundamentación que sustenta la audiencia por lo menos así lo dice la ley que no debían notificar con esa determinación”, más aún cuando, los jueces ciudadanos no firmaron la sentencia, incumpliéndose el art. 360, 52 y 64 del CPP.
Los jueces ciudadanos interpretaron erradamente que Pascual Castaños Quispe cumplió detención preventiva, toda vez que por Resolución 79/2008 de 26 de junio, señalaba que el juez a quo no valoró correctamente la documentación y antecedentes procesales, por establecer la existencia del riesgo de fuga y obstaculización.
- acción de libertad
- I.1.1
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III .FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.
- En el Código de Procedimiento Penal, se encuentra previsto el recurso de apelación incidental como un medio de impugnación, contra de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares, considerándose este un mecanismo idóneo y eficaz que busca corregir o enmendar errores o arbitrariedades cometidas por las autoridades judiciales
- III.3. Análisis en el caso concreto
- 2º