SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2622/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2622/2012

Fecha: 21-Dic-2012

a)

La accionante, por intermedio de su abogado y apoderada, ratificó y reiteró los términos de la acción de amparo constitucional, expresando además que: a) A pesar de haber sido asegurada a la CNS, la trabajadora no ha podido acceder a este beneficio; toda vez que, necesita previamente la presentación de su boleta de pago, y la empresa representada por los demandados todavía le adeuda sus salarios de los últimos meses; por lo que, tampoco ha podido cobrar los beneficios de lactancia; b) Todavía se adeudan tres meses de subsidio a la accionante, los mismos que deben ser cancelados en bono efectivo o en leche; ya que, no se puede desconocer este derecho de toda mujer embarazada; asimismo, se deben cancelar sus salarios adeudados, y se tiene que otorgar una garantía documentada de que ya no será objeto de malos tratos y abusos, a objeto de garantizar su derecho al trabajo; y, c) Las planillas de pago presentadas como prueba por parte de los empleadores demandados, fueron armadas en fecha reciente, sólo para poder asegurar a la accionante; y en cuanto a la observación de que existen firmas de la trabajadora en estas planillas, se aclara que, en materia laboral, no causa estado el hecho de que el trabajador firme que le pagaron los beneficios; toda vez que, se entiende que el empleador tiene “supremacía” o “un tema de fuerza” sobre el trabajador.